Si aun no ha renovado su documento de identidad, recuerde que:
Según el decreto 4969 de 2009, expedido por el Gobierno Nacional, a
más tardar el 30 de julio de 2010, todos los ciudadanos Colombianos
debemos haber renovado nuestro documento de identidad; de lo
contrario no podremos efectuar operaciones de carácter financiero.
Por medio de nuestros corresponsales en Estados Unidos, Canadá, El Caribe, Europa, Australia, Israel, Centro y Sur América, TITAN le pagará sus giros en nuestras oficinas ubicadas por todo el país. nos encargaremos de entregar el dinero con rapidez y seguridad.
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